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Entre
1750 y 1754 todas las poblaciones de "las Castillas" fueron
sometidas a un interrogatorio constituido por las 40 preguntas
siguientes: Nombre de la población (pregunta 1); jurisdicción (2);
extensión y límites (3); tipos de tierras (4, 5); árboles (6, 7, 8 y
13); medidas de superficie y capacidad que se usan (9, 10); especies,
cantidad y valor de los frutos (11, 12, 14 y 16); diezmos y primicias
(15); minas, salinas, molinos y otros "artefactos" (17);
ganados (18, 19 y 20); censo de población, con vecinos, jornaleros,
pobres de solemnidad (21, 35 y 36), censo de clérigos (38) y conventos
(39); casas y otros edificios (22); bienes propios del común (23),
sisas y arbitrios (24), gastos del común, como salarios, fiestas,
empedrados, Esta visión panorámica del Reino es una pequeña parte de una averiguación de mayor envergadura, el llamado Catastro del Marqués de la Ensenada. puesta en marcha por Real Decreto de Fernando VI de 10 de octubre de 1749, como paso previo a una reforma fiscal, que sustituyera las complicadas e injustas rentas provinciales por un solo impuesto, la llamada Única Contribución. La Única Contribución no se llegó a implantar, pero ha dejado un importante volumen de documentación en nuestros Archivos. |
Interrogatorio que han de satisfacer, bajo juramento, las justicias, y demás personas, que harán comparecer los intendentes en cada pueblo
1. Cómo se llama la
población 2. Si es de realengo o de
señorío, a quién pertenece, qué derechos percibe y cuánto produce. 3. Qué territorio ocupa
el término, cuánto de levante a poniente y del norte al sur, y cuánto
de circunferencia, por horas, y leguas, qué linderos o confrontaciones;
y qué figura tiene, poniéndola al margen. 4. Qué especies de tierra
se hallan en el término; si de regadío y de secano, distinguiendo si
son de hortaliza, sembradura, viñas, pastos, bosques, matorrales,
montes, y demás que pudiere haber, explicando si hay algunas que
produzcan mas de una cosecha al año, las que fructificaren sola una y
las que necesitan de un año de intermedio de descanso. 5. De cuántas calidades
de tierra hay en cada una de las especies que hayan declarado, si de
buena, mediana e inferior. 6. Si hay alguno plantío
de árboles en las tierras que han declarado, como frutales, moreras,
olivos, higueras, almendros, parras, algarrobos, etc. 7. En cuáles de las
tierras están plantados los árboles que declararen. 8. En qué conformidad están
hechos los plantíos, si extendidos en toda la tierra o a las márgenes,
en una, dos, tres hileras, o en la forma que estuvieren 9. De qué medidas de
tierra se usa en aquel pueblo: de cuántos pasos o varas castellanas en
cuadro se compone, qué cantidad de cada especie de granos de los que se
cogen en el término se siembra en cada una. 10. Qué número de
medidas de tierra habrá en el término, distinguiendo las de cada
especie y calidad, por ejemplo, tantas fanegas, o del nombre, que
tuviese la medida de tierra de sembradura de la mejor calidad, tantas de
mediana bondad y tantas de inferior; y lo propio en las demás especies
que hubieren declarado. 11. Qué especies de
frutos se cogen en el término 12. Qué cantidad de
frutos de cada género, unos años con otros, produce, con una ordinaria
cultura, una medida de tierra de cada especie y calidad de las que
hubiere en el término, sin comprender el producto de los árboles que
hubiese. 13. Qué producto se
regula darán por medida de tierra los árboles que hubiere, según la
forma en que estuviese hecho el plantío, cada uno en su especie. 14. Qué valor tienen
ordinariamente un año con otro los frutos que producen las tierras del
término, cada calidad de ellos. 15. Qué derechos se
hallan impuestos sobre las tierras del término, como diezmo, primicia,
tercio-diezmo u otros; y a quien pertenecen. 16. A qué cantidad de
frutos suelen montar los referidos derechos de cada especie o a que
precio suelen arrendarse un año con otro. 17. Si hay algunas minas,
salina, molinos harineros u de papel, batanes u otros artefactos en el término,
distinguiendo de qué metales y de qué uso, explicando sus dueños y lo
que se regula produce cada uno de utilidad al año. 18. Si hay algún esquilmo
en el término, a quien pertenece, qué número de ganado viene al
esquileo a él y que utilidad se regula da a su dueño cada año. 19. Si hay colmenas en el
término, cuántas y a quien pertenecen. 20. De qué especies de
ganado hay en el pueblo y término, excluyendo las mulas de coche y
caballos de regalo; y si algún vecino tiene cabaña o yeguada que pasta
fuera del término, donde y de qué número de cabezas, explicando el
nombre del dueño. 21. De qué número de
vecinos se compone la población y cuántos en la casas de campo o
alquerías. 22. Cuántas casas habrá
en el pueblo, qué número de inhabitables, cuántas arruinadas; y si es
de señorío, explicar si tienen cada una alguna carga que pague al dueño
por el establecimiento del suelo, y cuánto. 23. Qué propios tiene el
común y a que asciende su producto al año, de que se deberá pedir
justificación. 24. Si el común disfruta
algún arbitrio, sisa u otra cosa, de que se deberá pedir la concesión,
quedándose con copia que acompañe estas diligencias; qué cantidad
produce cada uno al año, a que fin se concedió, sobre qué especies
para conocer si es temporal o perpetuo y si su producto cubre o excede
de su aplicación. 25. Que gastos debe
satisfacer el común, como salario de Justicia y regidores, fiestas de
Corpus u otras; empedrado, fuentes, sirvientes, etc., de que se deberá
pedir individual razón. 26. Que cargos de Justicia
tiene el común, como censos, que responda u otros, su importe, por qué
motivo y a quien, de que se deberá pedir puntual noticia. 27. Si está cargado de
servicio ordinario y extraordinario u otros, de que igualmente se debe
pedir individual razón. 28. Si hay algún empleo,
alcabala u otras rentas enajenadas, a quién, si fue por servicio
pecuniario u otro motivo, de cuánto fue y lo que produce cada uno al año,
de que se deberán pedir los títulos y quedarse con copia. 29. Cuántas tabernas,
mesones, tiendas, panaderías, carnicerías, puentes, barcas sobre ríos,
mercados, ferias, etc. hay en la población. 30. Si hay hospitales, de
qué calidad, qué renta tienen y de qué se mantienen. 31. Si hay algún
cambista, mercader de por mayor o quien beneficie su caudal por mano de
corredor u otra persona, con lucro e interés; y qué utilidad se
considera el puede resultar a cada uno al año. 32. Si en el pueblo hay
algún tendero de paños, ropas de oro, plata y seda, lienzos, especería
u otras mercadurías, médicos, cirujanos, boticarios, escribanos,
arrieros, etc. y qué ganancia se regula puede tener cada uno al año. 33. Qué ocupaciones de
artes mecánicos hay en el pueblo, con distinción, como albañiles,
canteros, albéitares, herreros, sogueros, zapateros, sastres, pelaires,
tejedores, sombrereros, manguiteros y guanteros, etc.; explicando en
cada oficio de los que hubiere, el número que haya de maestros
oficiales y aprendices, y qué utilidad le puede resultar, trabajando
meramente de su oficio, al día cada uno. 34. Si hay entre los
artistas alguno, que teniendo caudal, haga prevención de materiales
correspondientes a su propio oficio o a otros, para vender a los demás,
o hiciere algún otro comercio, o entrase en arrendamientos; explicar
quienes, y la utilidad que consideren le puede quedar al año a cada uno
de los que hubiese. 35. Qué número de
jornaleros habrá en el pueblo y a cómo se paga el jornal diario a cada
uno. 36. Cuantos pobres de
solemnidad habrá en la población. 37. Si hay algunos
individuos que tengan embarcaciones, que naveguen en la mar o ríos, su
porta, o para pescar; cuántas, a quien pertenecen y que utilidad se
considera da cada una a su dueño al año. 38. Cuántos clérigos hay
en el pueblo. 39. Si hay algunos
conventos, de qué religiones y sexo, y qué número de cada uno. 40. Si el rey tiene en el término o pueblo alguna finca o renta, que no corresponda a las generales ni a las provinciales, que deben extinguirse; cuáles son, cómo se administran y cuánto producen. |